Escudo República Dominicana

Visa de Dependencia (DPM)

DESCRIPCIÓN

La República Dominicana es un país abierto al mundo. Todas nuestras bellezas naturales, nuestra historia, las opciones de inversión y negocios, así como la calidez de nuestros ciudadanos, invitan a las personas de todos los países a visitarnos y disfrutar de una isla encantadora y llena de oportunidades.

Las visas por dependencia son expedidas en razón de dependencia familiar de los usuarios, de los beneficiarios de visas diplomáticas, oficiales, cortesías, negocios con fines laborales (NM1) y de estudiante, sujeto al tipo de visa otorgada al familiar principal o al patrono de quien dependan.

Todos los ciudadanos extranjero que residan legalmente en la República Dominicana tienen derecho a solicitar visas por dependencia en las oficinas consulares de la República Dominicana.

REQUISITOS

Presentarse en la sede de la oficina del consulado de la República Dominicana con la siguiente documentación y requisitos:

  1. Formulario de Visa lleno y debidamente completado a máquina o en letra de molde legible. Disponible en la sede de las oficinas consulares o en el portal de servicios consulares www.consuladord.com para ser llenado en online.
  2. Una (1) fotografía tamaño 4 x 5 centímetros, de frente y con fondo blanco.
  3. Pasaporte original con una vigencia mínima igual o mayor al tiempo de duración de la visa solicitada.
  4. Acta de matrimonio o acta de nacimiento de los hijos , según la calidad de la persona que solicita la visa de dependencia.
  5. Copia de la Visa o Tarjeta de Residencia dominicana y copia del pasaporte de la persona de la cual dependa el interesado.
  6. Certificado Médico presentando un diagnóstico del estado general de salud del solicitante e indicando si el mismo padece de algún tipo de enfermedad infectocontagiosa. Deberá ser expedido por las autoridades de salud correspondientes del último país en el que estuvo domiciliado el interesado. En el caso de que el interesado resida en la República Dominicana, dicho documento deberá ser expedido por laboratorio médico, clínica u hospital registrado por el Ministerio de Salud Pública.
  7. Certificado de No Antecedentes Penales expedido por las autoridades correspondientes del último país en el que estuvo domiciliado el interesado. Si el interesado ha residido en la República Dominicana deberá hacerse expedir dicho documento por la Procuraduría General de la República. No requerido para menores de edad.
  8. Autorización de los padres o tutor, cuando se trata de un menor de edad y quien solicita no es el padre o la madre. En este caso, se requiere que el padre o la madre que no está en la República Dominicana manifieste conformidad con que el otro padre lleve a vivir a la República Dominicana al menor.
  9. Fotocopia legible del Documento Nacional de Identidad del país de nacionalidad y fotocopia legible de la Tarjeta de Residencia, si reside en un segundo país.
  10. Documentos que acrediten solvencia económica (carta bancaria, carta de trabajo, títulos de propiedad, etc.), de la persona de que se depende. Si algún documento se expide en la República Dominicana, debe ser certificado por un notario público y legalizado por la Procuraduría General de la República.
  11. Fotocopia de la visa vigente diplomática, oficial, cortesía, negocios con fines laborales (NM1) y de estudiante otorgada a su familiar principal o patrono.
  12. Fotocopia legible de anteriores visas dominicanas o tarjeta de residencia (si se trata de renovación).
  13. Carta de solicitud de visa dirigida a la oficina consular por la persona de quien depende el beneficiario, quien deberá identificarse, presentar pruebas de que posee visa de Estudiante o de Negocios con Fines Laborales por un año NMl (en este último caso dicha comunicación deberá ser suscrita por el organismo del cual depende el beneficiario del visado NMl). Asimismo, deberá indicar si la persona a favor de quien se solicita la visa depende de él por lazos familiares o por relación de trabajo.
  14. Por el Garante en RD:Carta de Garantía por parte de la empresa o institución responsable del titular principal debidamente notariada y legalizada en la Procuraduría General de la República, este documento debe de ser presentado por el solicitante junto a los demás documentos el día de su entrevista en el consulado dominicano, es indispensable que esta carta de garantía contenga la siguiente clausula, para que pueda ser aceptada por nuestra Misión Diplomática o Consular.CLAUSULA DE GARANTÍA

    “Garantizo que (nombre, nacionalidad, pasaporte o documento de identidad de los dependientes), son los dependientes del señor/a (nombre titular principal), el cual ocupa la posición de (cargo) en nuestra empresa, por lo que “Me hago moral y económicamente responsable al retorno de su país de origen, asumiendo pagar a favor del Estado Dominicano cualquier gasto en que dicha persona pueda incurrir durante su estancia en el país, o que se origine como consecuencia de su repatriación o deportación del mismo.”

 

TIEMPO DE OBTENCIÓN

Entre 5 y 15 días a partir de la solicitud, dependiendo de la urgencia, de la nacionalidad del solicitante, de las solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

 

PRECIO

El importe asciende a 80,00

 

OBSERVACIONES

  1. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD) y en la zona EURO se cobra en EUROS.
  2. Todos los documentos deben estar legalizados por las oficinas consulares de la República Dominicana, previo a ver sido legalizados por las Oficinas de Relaciones exteriores del país donde se encuentra la Oficina Consular o del país de procedencia del documento.
  3. Los menores están exentos de presentar el Certificado de Antecedentes Penales, pero no del Certificado Médico.
  4. Todos los documentos deben ser, en el caso en que así corresponda, traducidos al español por un traductor jurídico debidamente acreditado por las autoridades del país de origen.
  5. En algunas oficinas consulares existen servicios de fotografía.
  6. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de solicitar cualquier documento adicional y pautar entrevista en los casos que considere necesario para evaluar dicha solicitud.
  7. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de aprobar o denegar la solicitud de visado.